El Plan MOVES III se ha consolidado como el principal programa de incentivos del Gobierno de España para impulsar la movilidad eléctrica y sostenible. Esta iniciativa, enmarcada en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiada por la Unión Europea a través de los fondos NextGenerationEU, ha sido clave para acelerar la transición hacia vehículos más limpios y eficientes.
Si estás pensando en renovar tu vehículo o adaptar tu negocio a la nueva movilidad eficiente, conocer en detalle estas ayudas puede suponer un ahorro significativo.
En Franquicias Midas, como referentes en el mantenimiento integral del automóvil, acompañamos a nuestros clientes en esta transición hacia la movilidad sostenible, ofreciendo servicios especializados para vehículos eléctricos e híbridos.
¿Qué es el Plan MOVES III?

El Plan MOVES III es un programa de ayudas directas impulsado por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO). Su objetivo principal es incentivar la compra de vehículos de cero emisiones, así como fomentar el despliegue de infraestructura de recarga tanto pública como privada.
Este programa fue aprobado mediante el Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, y ha sido ampliado en varias ocasiones para dar respuesta a la elevada demanda de ayudas.
Inicialmente dotado con 400 millones de euros, el presupuesto total del programa ha alcanzado los 1.550 millones de euros, gestionados por las comunidades autónomas, que son las responsables de tramitar y conceder las ayudas.
El MOVES III está alineado con los objetivos de descarbonización de la Unión Europea y busca acelerar la incorporación de vehículos eléctricos al parque automovilístico español.
Vehículos que pueden acogerse al Plan MOVES III

Es importante tener en cuenta que no todos los vehículos son subvencionables. El programa establece requisitos estrictos en función del tipo y las características del vehículo. Te contamos cuáles son:
Categorías subvencionables
Los coches que pueden beneficiarse de las ayudas:
- Turismos (M1):
- Eléctricos puros (BEV).
- Híbridos enchufables (PHEV) con autonomía eléctrica mínima de 30 km.
- Vehículos de pila de combustible (FCEV).
- Furgonetas comerciales ligeras (N1):
- Vehículos eléctricos de hasta 3.500 kg.
- Motocicletas eléctricas (L3e, L4e, L5e):
- Batería de litio.
- Potencia mínima de 3 kW.
- Autonomía mínima de 70 km.
- Cuadriciclos eléctricos (L6e y L7e)
Es necesario recordar que el Plan MOVES III no subvenciona vehículos con etiqueta ECO (microhíbridos, GLP, GNC o híbridos no enchufables).
Límites de precio
Para turismos (M1):
- 45.000 € sin IVA como precio máximo.
- 53.000 € sin IVA para vehículos de 8 o 9 plazas.
- Los vehículos de pila de combustible no tienen límite de precio.
También son subvencionables los vehículos seminuevos de hasta 12 meses de antigüedad, siempre que:
- Procedan de fabricantes, concesionarios o empresas de renting.
- No hayan sido utilizados previamente por un particular.
Cuantías de las ayudas

Las ayudas dependen del tipo de vehículo y de sí se entrega un vehículo antiguo para achatarramiento.
Particulares, autónomos y administraciones sin actividad económica
| Tipo de vehículo | Sin achatarramiento | Con achatarramiento |
| Turismo eléctrico (BEV / FCEV) | Hasta 4.500 € | Hasta 7.000 € |
| Furgoneta eléctrica (N1) | Hasta 7.000 € | Hasta 9.000 € |
| Moto eléctrica | Hasta 1.300 € | Hasta 1.600 € |
| PHEV (>90 km) | Hasta 4.500 € | Hasta 7.000 € |
| PHEV (30–90 km) | Hasta 2.500 € | Hasta 5.000 € |
Incrementos del 10% (no acumulables)
Las ayudas pueden incrementarse en un 10% adicional en los siguientes casos:
- Personas con movilidad reducida que adapten el vehículo.
- Residentes en municipios de menos de 5.000 habitantes.
- Vehículos destinados a taxi o VTC.
Ayudas para empresas
Las empresas (pymes y grandes empresas) también pueden acceder al Plan MOVES III. Las cuantías varían según:
- Tamaño de la empresa.
- Tipo de vehículo.
- Existencia o no de achatarramiento.
En el caso de pymes, las ayudas pueden alcanzar importes similares a los de los particulares, especialmente para vehículos comerciales eléctricos.
Requisitos para solicitar las ayudas

Requisitos generales
- El vehículo debe ser nuevo o seminuevo (en condiciones específicas).
- Debe figurar en la Base de Vehículos del IDAE.
- El fabricante o concesionario debe aplicar un descuento mínimo de 1.000 € en M1 y N1.
- En renting, el vehículo puede estar matriculado a nombre de la empresa de renting.
Los principales requisitos de achatarramiento
El vehículo entregado debe:
- Tener al menos 7 años de antigüedad.
- Estar matriculado en España.
Ser M1 o N1 (o L en el caso de motocicletas).
Plazos de elegibilidad
- Particulares y autónomos: facturas posteriores al 9 de abril de 2021.
- Empresas: pagos realizados tras el registro de la solicitud.
Ayudas para puntos de recarga

El Plan MOVES III también subvenciona la instalación de puntos de recarga de cualquier potencia para:
- Viviendas particulares.
- Comunidades de propietarios.
Empresas y flotas. - Aparcamientos públicos.
- Hoteles, centros comerciales, hospitales, etc.
- Vía pública y estaciones de servicio.
Cuantías
- Hasta el 80% del coste para particulares.
- Incluye preinstalación en comunidades de propietarios.
Compatibilidad con otras ayudas fiscales

Deducción del IRPF
Los contribuyentes pueden deducirse el 15% del valor del vehículo eléctrico, con una base máxima de 20.000 €, lo que supone una deducción máxima de 3.000 €.
Esta deducción es compatible con el MOVES III, siempre que se cumplan los requisitos fiscales.
Incompatibilidades
Las ayudas del MOVES III no son compatibles con otras subvenciones para la misma finalidad concedidas por administraciones públicas.
La importancia de la nueva movilidad
La transición hacia la movilidad eléctrica es una transformación estructural del sector del automóvil. En Franquicias Midas, hemos adaptado nuestros servicios para ofrecer mantenimiento especializado para vehículos eléctricos e híbridos, incluyendo diagnóstico de baterías y sistemas de alta tensión.
Si estás pensando en emprender en el sector de la automoción, unirte a la red de talleres Midas te permite acceder a un modelo de negocio consolidado, formación continua y el respaldo de una marca comprometida con la innovación y la sostenibilidad.
Preguntas frecuentes

¿Puedo comprar un coche de segunda mano?
Sí, pero con limitaciones muy concretas. El Plan MOVES III solo admite vehículos seminuevos de hasta 12 meses de antigüedad, siempre que procedan de un concesionario, fabricante o empresa de renting y no hayan sido utilizados previamente por un particular.
No se subvencionan vehículos de segunda mano adquiridos entre particulares ni coches con más de un año desde su primera matriculación, aunque sean eléctricos.
¿Se subvencionan vehículos diésel o de gas?
No. El Plan MOVES III excluye totalmente los vehículos de combustión tradicional, así como los que cuentan con etiqueta ECO, como microhíbridos, híbridos no enchufables o vehículos de GLP y GNC.
Las ayudas están reservadas exclusivamente para vehículos eléctricos puros, híbridos enchufables (con al menos 30 km de autonomía eléctrica) y vehículos de pila de combustible.
¿Es obligatorio achatarrar un vehículo?
No es obligatorio, pero sí muy recomendable. Entregar un vehículo antiguo para achatarramiento permite acceder a una ayuda mayor, que puede incrementarse en varios miles de euros según el tipo de vehículo adquirido.
El vehículo entregado debe tener al menos 7 años de antigüedad, estar matriculado en España y haber pertenecido al solicitante durante un mínimo de 12 meses.
¿Cuánto tarda la resolución?
El plazo de resolución depende de cada comunidad autónoma, pero suele situarse entre 3 y 6 meses desde la presentación completa de la solicitud.
Es importante tener en cuenta que la ayuda no se descuenta en el momento de la compra, por lo que el solicitante debe adelantar el importe total del vehículo y recibir la subvención posteriormente.
¿Cómo se solicitan las ayudas del Plan MOVES III?
La gestión del programa está descentralizada y se realiza a través de las comunidades autónomas. El primer paso es consultar la convocatoria vigente en tu región y comprobar que el vehículo elegido es elegible en la base del IDAE.
Una vez reunida la documentación, la solicitud se presenta normalmente de forma telemática, y tras su registro solo queda esperar la resolución, que suele tardar entre 3 y 6 meses.